miércoles, 14 de noviembre de 2012


Los abogados también ganan medallas olímpicas

13 de noviembre de 2012  16:50
Aunque resulte difícil de creer, los abogados también ganan medallas olímpicas, ya que algunos de ellos se dedican a defender de manera gratuita y ante un tribunal de jueces de arbitraje a los deportistas que creen haber sido tratados injustamente.
Así lo explicó hoy Miguel Ángel Fernández Ballesteros, uno de los 270 jueces de todo el mundo que conforman el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS, en francés; CAS, en inglés), dedicado a la solución de disputas deportivas cuando las partes son incapaces de solventar sus discrepancias.
El también presidente de la Corte de Arbitraje de Madrid participa estos días en la reunión sobre arbitraje internacional que cada año organiza en Miami la Cámara de Comercio Internacional, donde ofreció una conferencia sobre el arbitraje deportivo.
Doce de esos jueces acuden a los Juegos Olímpicos y están disponibles en todo momento para que los deportistas o federaciones puedan recurrir a ellos pidiéndoles que arbitren sobre alguna disputa, algo que por lo general se comprometen a hacer en un plazo máximo de 24 horas.
"En los Juegos Olímpicos se establece el récord de cualquier tribunal arbitral: En 24 horas se resuelven los conflictos", bromeó el catedrático sobre un servicio que no es muy conocido pero que resulta una garantía fundamental de resolución de disputas.
En una entrevista con Efe detalló que en el caso de los Juegos Olímpicos, el TAS, con sede en Lausana (Suiza), envía a doce jueces que asisten durante toda la competición (desde diez días antes) y que ejercen su cometido 'pro bono' (de forma gratuita).
"Para defender cada causa tampoco faltan nunca abogados que de manera también gratuita defienden los intereses de cada parte, y son realmente buenos. Si lo hacen bien pueden cambiar para toda la vida la carrera de un deportista", explicó.
"Por eso se dice que a veces las medallas olímpicas también las ganan los abogados", apuntó Fernández Ballesteros.
Este sistema se empezó a utilizar en los Juegos Olímpicos de Atlanta'96 y desde entonces se ha recurrido a ellos en unas setenta ocasiones, doce de ellas en Londres.
Uno de los recientes casos fue el del jinete sudafricano Alexander Peternell, cuya federación no le presentó a los Juegos Olímpicos de Londres.
"Él recurrió al TAS y éste determinó el día de antes que efectivamente tenía derecho a participar, así que al día siguiente estaba ya inscrito en los Juegos", relató el catedrático, quien añadió que algo parecido le ocurrió al atleta español Ángel Mullera en esa misma cita deportiva.
Por lo que se refiere al ámbito del dopaje, una de las mayores ocupaciones del TAS, explicó que, aunque en algunos otros ámbitos las normas pueden ser interpretables, con estos asuntos de sustancias prohibidas los jueces son absolutamente inflexibles.
Eso se debe al interés de "defender la igualdad de oportunidades" entre los deportistas, así como "por el interés de su propia salud y a pesar del propio deportista en ocasiones".
Los jueces del TAS renuevan sus puestos cada cinco años, entre ellos Fernández Ballesteros, quien va ya por su cuarta renovación y que se reconoce un apasionado del arbitraje deportivo, pese a que "no tiene mucho que ver con el comercial, que es al que se dedica en cuerpo y alma a través de la Corte de Arbitraje de Madrid.

sábado, 3 de noviembre de 2012

CARACTERISTICAS DEL ARBITRAJE DEPORTIVO

A traves de estudios, cuestionarios en diferentes deportes se ha logrado determinar que existen toda una serie de aspectos necesarios para una corecta labor arbitral. Entre esos aspectos destacan los referidos a la imparcialidad, justicia, conocimiento del reglamento, igualdad en el trato a los deportistas y honradez. Entre
el resto de los aspectos sobresalen los de tipo personal.
ETICA EN EL ARBITRAJE DEPORTIVO

La ética tiene una estrecha relación con la moral, y se puede definir como una reflexión sobre el hecho moral en busca de las razones que justifican la utilización de un sistema moral u otro e incluso que aconsejemos  por lo tanto podríamos también definir la ética como aquella parte de la filosofía que ha de dar cuenta del fenómeno moral en general.

Dentro de la concepción de cuerpo como algo perecedero, material, se introduce la tendencia de  semejar el funcionamiento de éste al de una máquina. En la actualidad la idea de perfección de un individuo, contextualizado en el deporte, se basa en la eficiencia y eficacia de sus movimientos para lograr un fin determinado con éxito absoluto. Cuando se consigue esto se califica a la persona de ser una máquina. Ahora bien, ¿dónde están los limites en considerar las diferencias entre lo que sería realmente una máquina y aceptar como algo positivo el no serlo realmente?, se hace venta del cuerpo perfecto, el cuerpo idílico que consigue con exactitud y magnificencia el éxito, sin embargo ¿esto incluiría que una persona con deficiencia motriz, por ejemplo, no pudiese llegar a convertirse en ese ser que roza la perfección?


Al respecto los invito a ver la plática del profesor Gabriel Brizuela, sobre la Inclusión en el deporte de rendimiento: El caso Oscar Pistorius.
http://youtu.be/1sOytT29000
VISION DEL ARBITRAJE DEPORTIVO

Se ha logrado crear una teoría del arbitraje deportivo que fundamenta y demuestra su categoría de ciencia.
Se ha creado una estrategia de dirección por valores para todos los deportes, basada en principios y postulados que garantizan la objetividad de la actitud arbitral.
Se ha logrado que todas las disciplinas deportivas, la formación profesional e integral de un cuerpo de árbitros y jueces capaces de actuar con una eficiencia profesional superior.
Se ha logrado mediante el arbitraje deportivo elevar el prestigio y progreso del movimiento deportivo mundial en la sociedad.
Se ha logrado emplear eficientemente al arbitraje deportivo como medio efectivo para la formación de valores en los deportistas y la sociedad en general.
Se ha logrado que el arbitraje deportivo ocupe el lugar y reconocimiento que merece con la sociedad.
MISIÓN DEL ARBITRAJE DEPORTIVO

Está dirigida a formar un cuerpo de árbitros y jueces en condiciones de ejercer con mas profesionalidad sus funciones para garantizar la objetividad de sus actuaciones en correspondencia con la realidad de la competición y aprovechar al máximo sus bondades y posibilidades en la formación de valores de la sociedad como vía vital para prestigiar y fortalecer el progreso exitoso del movimiento deportivo mundial.
El arbitraje deportivo trata de una actividad que tiene por forma espesifica la participacion de arbitros, jueces, cronometristas y anotadores quienes entre sus funciones realizan acciones tales como organizar, calificar, votar, anotar y medir durante la competicion dada aplicando a la vez estatutos, codigos y reglas determinadas es decir que su actuacion está sujeta a una estricta reglamentacion.

Sus principales particularidades son:

a) Organizacion de la competicion sobre la base del sistema dado.
b) La fijacion de reglas oficiales como normas generales de competencia.
c) La reglamentacion de la conducta de los competidores conforme a los principios de
una justa emulacion que posee una base humanitaria dirigida a la formacion de
valores.

sábado, 27 de octubre de 2012


DERECHO APLICABLE
Como regla general, en un procedimiento ante un tribunal CAS el derecho sustantivo es el reglamento deportivo aplicable y las reglas de derecho escogidas por las partes. En ausencia de selección, el derecho del país en donde la federación, asociación o cuerpo deportivo que haya emitido la decisión impugnada se encuentre domiciliado.
El derecho aplicable a las divisiones
ad hoc es la Carta Olímpica, los reglamentos deportivos aplicables, los principios generales de derecho y las normas de derecho que la división ad hoc considere apropiadas.

LAS DIVISIONES AD HOC

Por decisión del 28 de septiembre de 1995 el ICAS adoptó una modificación al Código CAS que le permite crear, si lo considera oportuno, estructuras de arbitraje regionales o locales, permanentes o 
ad hoc.
En los Juegos Olímpicos de Atlanta de 1996 el ICAS creó la primera división ad hoc especialmente encargada para resolver los litigios que resultaran de dichos juegos, generalmente conocida como “División 
ad hoc” para los juegos olímpicos. Los participantes de los juegos (atletas, entrenadores, funcionarios, etc.) se someten a la competencia de la división ad hoc al momento de firmar el formulario de inscripción de los juegos, que contiene una cláusula CAS.

Después de Atlanta (en donde la División ad hoc conoció de seis asuntos), la experiencia fue renovada en 1998 en los Juegos de Invierno de Nagano (en donde se conocieron de otros seis asuntos) y los juegos del Milenario (Jeux du Millénaire) de Sydney (en donde se ventilaron quince asuntos). En los juegos de Salt Lake City se ventilaron siete asuntos y en los últimos Juegos de Atenas diez asuntos. Las diferentes Divisiones ad hoc son compuestas por listas de doce árbitros (nueve para los juegos de invierno).

sábado, 13 de octubre de 2012

El Tribunal de Arbitraje Deportivo (Orígenes)

22 abril 2010

Uno de los Legados de Samaranch
Por: Antonio Quintero
Con motivo de la muerte de Juan Antonio Samaranch (Barcelona17 de julio de 192021 de abril de 2010), es importante que recordemos uno de sus legados más grandes al deporte y en sí, al derecho deportivo, el Tribunal de Arbitraje Deportivo de Laussane, Suiza.  Hay que acotar que Lamentamos mucho su muerte, ciertamente fue un gran hombre para el Movimiento Olímpico, y hay que ser claros, que su presidencia marcó un antes y un después para el deporte, a pesar de todos los escándalos en los que se vio involucrado.
Lo cierto es que a finales del año de 1980, se incrementaron las disputas deportivas internacionales, y la falta de un organismo que fuera imparcial y decidiera de manera específica para el deporte, llevó a las diferentes federaciones a reflexionar sobre esa situación.
Juan Antonio Samaranch en 1981, poco después de haber sido electo Presidente del Comité Olímpico Internacional,  tuvo la idea de crear un Tribunal con una jurisdicción específica para el deporte. Entonces, en 1982 en la Sesión del Comité Olímpico Internacional,  encargó a un grupo de juristas presididos por el Juez de la Corte Internacional de Justicia, Kéba Mbaye (April 6, 1924, KaolackSenegal – January 12, 2007, Dakar, Senegal), a preparar los estatutos de un tribunal de arbitraje para el deporte.
La idea de crear una jurisdicción arbitral para el deporte tenía como finalidad, resolver las disputas deportivas de manera rápida, flexible y con bajo costo. Además siempre perseguía el principio del Juez Natural, que en este caso no es más que personas que conocen del deporte y de las leyes, decidan estos casos que poseen una naturaleza deportiva.
El proyecto inicial de los Estatutos del Tribunal de Arbitraje Deportivo, contenía disposiciones, para que los participantes en un arbitraje trataran de llegar a acuerdos antes que los árbitros decidieran el caso. Otra asunto importante de estos primeros Estatutos, es que el Comité Olímpico Internacional debía cargar con todos los gastos de este Tribunal. Finalmente, hay que destacar que la jurisdicción del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), no era obligatoria para los atletas o federaciones, más bien el acceso a este Tribunal se dejó abierto al libre albedrío de las partes.
E
L CÓDIGO DE ARBITRAJE DEPORTIVO
A partir del 22 de noviembre de 1994 el nuevo Código de Arbitraje Deportivo (
Code of Sports-
Related Arbitration
) (el “Código CAS”) ha regido la organización y procedimientos arbitrales ante el
CAS. Los 69 artículos del Código están divididos en dos partes: los estatutos de los cuerpos que
se dedican a la solución de controversias relacionadas con el deporte (artículos S1 a S26) y las
Reglas de Procedimiento (artículos R27 a R69).


sábado, 29 de septiembre de 2012

Psicología para todos un espacio abierto para la diversidad
Quieres conocer la estequiometría????
Los hombres de negro
La federación Mexicana de Arte y Cultura Deportiva A.C. tiene el gusto de invitarlo a su

Primer Concurso de Fotografía por Internet 2012, “VALORES OLÍMPICOS PARA CONSTRUIR UN MUNDO MEJOR”

Con el objetivo de impulsar a todas las personas a dimensionar y concientizarse del alcance que los valores olímpicos, pueden tener en una sociedad para así crear un mundo mejor.
BASES:
UNA OBRA. Una fotografía o un collage acompañado de una frase (máximo 140 caracteres), que puede ser conformada por una o varias fotografías a color o blanco y negro, análoga o digital, de 25.4 x 20.32 cm.
PREMIOS:
1er lugar: $ 10,000.00 M/N.
2do lugar: $ 4,000.00 M/N.
3er lugar: $ 2,000.00 M/N.
Mayores informes:
www.valoresolimpicos.com.mx



1. Mission

S12 Le TAS met en oeuvre des Formations qui ont pour mission de procurer, par la voie de l’arbitrage et/ou de la médiation, la solution des litiges survenant dans le domaine du sport conformément au Règlement de procédure (articles R27 et suivants).
A cet effet, le TAS veille à la constitution des Formations et au bon déroulement des procédures. Il met à la disposition des parties l’infrastructure nécessaire.
Les Formations sont notamment chargées :
  1. de trancher les litiges qui leur sont soumis par la voie de l’arbitrage ordinaire ;
  2. de trancher, par la voie de la procédure arbitrale d’appel, des litiges concernant des décisions de fédérations, associations ou autres organismes sportifs, dans la mesure où les statuts ou règlements desdits organismes sportifs ou une convention particulière le prévoient.  

STATUT DU CIAS ET DU TAS
A. Disposition communes


S1 Afin d’assurer le règlement des litiges en matière de sport par la voie de l’arbitrage et de la médiation, il est créé deux organes :
  • le Conseil International de l’Arbitrage en matière de Sport (CIAS) et
  • le Tribunal Arbitral du Sport (TAS).
Les litiges auxquels une fédération, association ou autre organisme sportif est partie ne relèvent de l’arbitrage au sens du présent Code que dans la mesure où les statuts ou règlements desdits organismes sportifs ou une convention particulière le prévoient.

Le siège du CIAS et du TAS est fixé à Lausanne, Suisse.

S2 Le CIAS a pour mission de favoriser les règlements des litiges en matière de sport par la voie de l’arbitrage ou de la médiation et de sauvegarder l’indépendance du TAS et les droits des parties. A cet effet, il assure l’administration et le financement du TAS.

S3 Le TAS dispose d’une liste d’arbitres afin de procurer la solution des litiges survenant dans le domaine du sport par la voie de l'arbitrage, assuré par des Formations composées d'un ou de trois arbitres.
Le TAS est composé d'une Chambre d’arbitrage ordinaire et d'une Chambre arbitrale d’appel.

Le TAS dispose d’une liste de médiateurs afin de procurer la solution des litiges survenant dans le domaine du sport par la voie de la médiation. La procédure de médiation fait l’objet d’un règlement séparé.

sábado, 22 de septiembre de 2012


El término arbitraje se puede aplicar a un sinfín de espacios y situaciones, aunque algunos de ellos son los más conocidos y utilizados en el lenguaje común. Existe el arbitraje en el ámbito del derecho y aquí es cuando se relaciona con la resolución de conflictos o enfrentamientos de tipo legal en los que la justicia o diferentes instituciones legales deben participar. En este caso, el árbitro siempre tiene como función tomar las evidencias, material probatorio y demás elementos para actuar y oficiar en pos de la resolución del caso. Ejemplos claros de esto pueden ser los casos de arbitraje internacional (en los cuales dos países o regiones se presentan ante un tribunal objetivo para que se resuelva una disputa), el arbitraje o mediación que pueden realizar dos personas casadas que buscan divorciarse, etc.
Otro tipo de arbitraje muy común y por el cual el término se utiliza con más frecuencia es el arbitraje deportivo. Este es el que ejerce una persona capacitada y preparada específicamente para dirigir y ordenar la práctica de algún deporte en la cual se enfrentan dos partes (por ejemplo, fútbol, tenis, vóley, básquetbol, ping pong, hockey, boxeo, etc.). Este tipo de arbitraje tiene reglas y normativas claras a seguir que pueden variar de deporte en deporte. Al mismo tiempo, los árbitros pueden contar con elementos específicos para cada actividad y aceptar en mayor o menor grado la asistencia de árbitros secundarios o de elementos de tecnología.
Entendemos por arbitraje a la tarea o actividad de resolver o intervenir en pos de la resolución de determinado tipo de situaciones que necesitan de la presencia de terceras partes. Normalmente, el arbitraje (sea este del tipo que sea) es necesario cuando las partes involucradas en tal situación, fenómeno o momento específico tienen intereses opuestos y por tanto es recomendada la participación de una tercera parte que actúe objetivamente y según lo que indiquen las leyes, estatutos o normativas del caso.